Trámites paso a paso Beneficio

Cuota Mortuoria

¿Qué es?

Un aporte en dinero del sistema previsional (AFP, IPS o compañía de seguros si hay renta vitalicia) para ayudar a cubrir el costo del funeral de una persona afiliada, pensionada o beneficiaria de la Pensión Garantizada Universal (PGU).


¿Quién lo hace?

La puede cobrar cualquier persona —sea o no familiar— que acredite haberse hecho cargo de los gastos del funeral, presentando la factura a su nombre.


¿Qué necesitas?

● Certificado de defunción
● Factura o boleta de los gastos funerarios a nombre de quien solicita el beneficio
● Certificado de sepultación, cuando corresponda


¿Dónde se hace?

En la AFP del afiliado, en el IPS (si corresponde por PGU) o en la compañía de seguros (si tenía renta vitalicia). Muchas funerarias, incluida Alaria, pueden gestionar este trámite directamente.


¿Cuánto demora?

El monto es de hasta 15 UF (aproximadamente entre $580.000 y $630.000, según el valor de la UF vigente al momento del pago — conviene confirmar el valor exacto antes de publicar cifras).


¿Cuánto cuesta?

No tiene costo solicitarla; es un beneficio, no un pago.


Funeraria Alaria

¿Cómo te ayudamos?

Alaria puede tramitar la cesión de la cuota mortuoria y descontarla directamente del valor del servicio, para que la familia pague menos de su bolsillo al momento de contratar.

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